Exige bancada del PRD estudio técnico para alza al transporte

January 14th, 2010  |  Publicada en Destacado, Local

Redacción/Entérate Tabasco

Villahermosa.-Con fecha 1 de agosto del año 2008  se implementó el Programa para la Transformación del Transporte Público (Transbus), el cual inició con una inversión de veinte millones de pesos, y cobrando a partir del 4 de agosto del mismo 2008 la tarifa de $5.00 pesos, con un parque vehicular de 70 unidades.

-EL Primer Corredor utilizado fue la ruta que atravesaba la avenida Gregorio Méndez y en la cual se le daría el servicio a 140 000 usuarios, dicho programa surgió por un acuerdo entre concesionarios del transporte público y autoridades de Tabasco, los cuales formalizaron un convenio para la modernización del servicio público en el transporte estatal, desplazando poco a poco a la flotilla de combis y minibuses que circulaban por diferentes rutas en el estado.

-Cabe hacer mención que dicho Programa de Transbus, fue constituido por una empresa privada que cuenta con 338 concesionarios y comenzó su operación con 70 unidades automotrices, además de existir un “Consejo de Administración del Transbus” el cual se encuentra presidido por el C. Daniel Pérez Guillen, pero que al revisar la página de internet del Gobierno del Estado, no se encuentran las facultades y prerrogativas de dicho Consejo.

- Es importante manifestar que para llevar a cabo el programa de Transbus, se estableció un fideicomiso que comenzó con la cantidad de 20 millones de pesos, pero con la condición de que en los subsecuentes años aumentaría dicho fideicomiso con recursos adicionales, con el único fin de mejorar la capacitación y el mantenimiento de las unidades, así como para garantizar la adquisición de nuevos autobuses.

-Es preciso mencionar que con fecha primero de octubre del año 2008 (mismo año en que se echo a andar dicho programa), aumentó la tarifa de $5 pesos a $6 pesos, argumentado en su momento el C. Adrián Hernández Balboa (entonces secretario de comunicaciones y transportes del estado de Tabasco) que dicho aumento se debió a que la primera tarifa de $5 pesos, sólo era una tarifa inicial, en lo que entraba en vigor la tarjeta prepago para usuarios frecuentes, la cual beneficiaría a los usuarios de dicha tarjeta con una tarifa preferencial de $5.50 pesos.

-Pero con fecha 11 de enero del presente año (2010), el actual secretario de Comunicaciones y Transportes, Aquiles Domínguez Cerino,
durante una rueda de prensa, informó que “a partir del próximo mes entrará en vigor un aumento del 30 por ciento en el servicio de transporte urbano colectivo”. Lo cual no coincide con el aumento real, ya que si tomamos en cuenta que a partir del primero de febrero del presente año el transbus aumentará de $6 a $7 pesos, el aumento correspondería a un 16%, mientras que si las combis y minibuses aumentan de $5.50 a $6 pesos, el aumento real sería del 10%, por lo que ni sumando ambas cantidades llegaría al 30% que menciona el titular de transportes, además que su única argumentación fue la de sostener el costo del mantenimiento y amortizar el aumento de la gasolina.

-No obstante, es importante mencionar que la Ley de Vías de Comunicación y Transporte del Estado vigente, establece en sus artículos 57, 58, 59  y 60 lo siguiente:

ARTICULO 58.- Las tarifas, horarios e itinerarios, serán fijados por la Secretaría de Gobierno, la que procurará que correspondan siempre a un criterio técnico uniforme, tomando en cuenta la zona donde habrán de prestarse los servicios y las necesidades del mismo, debiendo ser fijados en lugar visible en el interior de los vehículos.

-También es importante mencionar que el artículo 33 fracción IX, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco estipula que:

“A la Secretaría de Comunicaciones y Transportes le corresponden las siguientes atribuciones…Aprobar, con el apoyo técnico de las dependencias involucradas, las tarifas de cualquier modalidad de transporte público del Estado, con base en los estudios técnicos que se realicen…”.

-De lo anterior podemos observar que existe una oposición entre la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco y la Ley de Vías de Comunicación y Transporte del Estado, ya que en la primera se le dan las facultades a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de aprobar las tarifas de cualquier modalidad de transporte público del Estado, mientras que en la Ley de Vías de Comunicación y Transporte se establece que la facultada para fijar dichas tarifas es la Secretaria de Gobierno.

-Es relevante subrayar las contradicciones o incoherencias jurídicas evidentes, pues se  vulneran los derechos de los particulares, ya que al informar el titular de transporte, mediante una rueda de prensa el aumento de las tarifas en el transporte,  sin presentar estudios técnicos que la soporten, incumple con la plena observación del sistema jurídico, fundado sobre el principio de legalidad, al no fundamentar ni la Secretaría de Gobierno, ni la Secretaría de Comunicaciones y Transporte, mediante  un informe técnico y jurídico, sobre las razones de los incrementos.
Por las consideraciones vertidas con anterioridad y con fundamento en  los artículos 36 fracción XXVII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 61 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 92 y 93 del Reglamento Interior del H. Congreso del Estado de Tabasco, me permito presentar la siguiente:

PROPUESTA:
QUE EL TITULAR DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTE (SCT),   SE PRESENTE ANTE LA COMISIÓN DE COMUNICACIONES, TRANSPORTE, VIALIDAD Y TRÁNSITO, PARA QUE INFORME CUAL FUE EL SUSTENTO JURÍDICO Y TÉCNICO EN EL QUE SE BASÓ, PARA EL AUMENTO DEL 30% EN LAS TARIFAS DEL TRANSBUS Y LAS COMBIS Y MINIBUSES DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DEL ESTADO DE TABASCO.
ATENTAMENTE
C.DIPUTADO JULIO MANZANO ROSAS
FRACCION PARLAMENTARIA PRD

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